La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
tiene la convicción de que todos los servidores públicos
están obligados a realizar un ejercicio transparente
de sus presupuestos y rendir cuentas a la población
del uso que se hace de ellos en la aplicación de
sus programas de trabajo y cumplimiento de las obligaciones
y atribuciones que le marca la ley. En congruencia con lo
anterior, la CDHDF hace pública la información
sustantiva de su quehacer institucional.
La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal en su capítulo II, establece la accesibilidad de la información a través de los portales de Internet, en los cuales se publicará la información pública de oficio, misma que se desglosa en los artículos que se describen a continuación:
Artículo 3 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. - Toda la información generada, administrada o en posesión de los Entes Públicos se considera un bien de dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece esta Ley y demás normatividad aplicable.
Oficina de Información Pública
Con la finalidad de transparentar el ejercicio de la función
pública la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal pone a su disposición la Oficina
de Información Pública.
Articulo 13 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Todo Ente Obligado del Distrito Federal deberá publicar al inicio de cada año un listado de la información que detentan, por rubros generales, especificando el ejercicio al que corresponde, medios de difusión y los lugares en donde se pondrá a disposición de los interesados, a excepción de la información reservada o clasificada como confidencial en términos de esta Ley.